Unidad u órgano interno | Facultades, funciones o atribuciones | Fuente legal | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación (dd/mm/aaaa) |
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Intendente, en su calidad de órgano ejecutivo del gobierno regional | a) Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos, en armonía con las políticas y planes nacionales ; b) Someter al consejo regional los proyectos de planes y las estrategias regionales de desarrollo y sus modificaciones, así como proveer a su ejecución ; c) Presidir el consejo regional, con derecho a voz. En caso de empate, tendrá derecho a voto dirimente. No obstante, cuando el consejo regional ejerza las funciones de fiscalización a que se refiere el artículo 36, letra g), sólo tendrá derecho a voz ; d) Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto del gobierno regional y sus modificaciones, ajustados a las orientaciones y límites que establezcan la política nacional de desarrollo, la Ley de Presupuestos de la Nación y demás normas legales sobre la administración financiera del Estado ; e) Proponer al consejo regional la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la región, así como de las inversiones sectoriales de asignación regional, y de los recursos propios que el gobierno regional obtenga en aplicación de lo dispuesto por el artículo 19, Nº 20°, de la Constitución Política de la República. Esta propuesta del intendente al consejo regional deberá basarse en variables e indicadores objetivos de distribución intrarregional ; f) Proponer al consejo regional la celebración de los convenios de programación a que se refiere el artículo 81 ; g) Proponer al consejo regional los proyectos de reglamentos regionales que regulen materias propias de la competencia del gobierno regional, en conformidad a las leyes y a los reglamentos supremos correspondientes ; h) Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo ; i) Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su Ley Nº 19.653 confianza ; Art. 3º Nº 2 j) Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa contenidas en la Ley Nº 18.575, en lo que corresponda ; k) Ejercer la administración de los bienes y recursos propios del gobierno regional, con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y a las normas que el consejo regional pueda adoptar sobre la materia. En todo caso, requerirá del acuerdo de éste para enajenar o gravar bienes raíces, así como para entregarlos en comodato o arrendamiento por un lapso superior a cinco años, el que en ningún caso excederá de veinte ; l) Administrar, en los casos que determine la ley, los bienes nacionales de uso público ; m) Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, directamente o a través de las respectivas secretarías regionales ministeriales, para la debida ejecución de las políticas, planes y proyectos de desarrollo regional, así como de los que sean propios de la competencia del gobierno regional ; n) Resolver los recursos administrativos que se entablen en contra de las resoluciones de los secretarios regionales ministeriales y de los jefes de los servicios públicos que operen en la región, en materias propias del gobierno regional, según lo establezcan las leyes respectivas ; ñ) Informar al consejo regional oportunamente respecto de las proposiciones de programas y proyectos a que se refiere el artículo 21, así como dar a conocer a las autoridades a que dicho precepto se refiere, el plan de desarrollo regional ; o) Dictar las resoluciones e Ley Nº 19.778 instrucciones que estime Art.1º Nº 2 necesarias para el ejercicio de sus atribuciones ; p) Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos, intercomunales, comunales y seccionales conforme Ley Nº 20.035 a las normas de la Ley General Art. 1º Nº 3) de Urbanismo y Construcciones ; q) Responder, dentro del plazo de veinte días hábiles y por escrito, los actos de fiscalización que realice el consejo en su conjunto y las informaciones solicitadas por los consejeros en forma individual, y r) Ejercer las demás atribuciones que la ley le confiera. | Articulo 24 letras a hasta r del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | 01/07/2005 |
Gabinete del Ejecutivo | Asistir directamente al Ejecutivo del Gobierno Regional en materias propias a sus funciones | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Auditoría Interna | Otorgar apoyo a la máxima autoridad del Servicio, mediante una estrategia preventiva, proponiendo como producto de su acción, políticas, planes, programas y medidas de control para el fortalecimiento de la gestión institucional y el resguardo de los recursos que le han sido asignados al Servicio. | Resolución Exenta N° 1261 Resolución Exenta N° 5535 |
14/04/2010 13/09/2018 |
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Administración Regional | Colaborar y apoyar al Intendente en la gestión de todo el quehacer del Servicio Administrativo del Gobierno Regional y Del Consejo regional. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Gestión Institucional | Coordinar el proceso de planificación estratégica institucional, realizar el seguimiento de los instrumentos de gestión interna, así como analizar y proponer mejoras a los procesos de gestión | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Comunicaciones | Desarrollar e implementar la política comunicacional y las relaciones públicas del Gobierno Regional del Maule y lograr la retroalimentación de parte de la ciudadanía y otros servicios públicos. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Departamento Jurídico | Velar por la legalidad de los actos administrativos del Servicio, gestionando y elaborando la documentación y los actos jurídicos sobre las materias que competen o afectan la gestión del Gobierno Regional. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Division de Administración y Finanzas | División encargada de la Gestión administrativa y financiera, de la formulación y ejecución del presupuesto, de los procesos de desarrollo de los funcionarios y de la provisión de los servicios generales del Gobierno Regional. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Departamento de Administracion | Encargado de la Gestión Administrativa, de los procesos de desarrollo de los funcionarios y de la provisión de los servicios generales del Gobierno Regional | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Gestión de Personas | Dirigir, coordinar, supervisar y controlar los procesos administrativos, de desarrollo personal y de mejoramiento de la gestión de los funcionarios del Servicio Administrativo del Gobierno Regional del Maule en concordancia con los objetivos institucionales. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Abastecimiento e Inventario | Realizar el proceso de compras de bienes y servicios requeridos por el Gobierno Regional del Maule y su respectivo registro en los sistemas administrativos correspondientes. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Servicios Generales e Informática | Proporcionar los servicios generales y las herramientas informáticas a los departamentos y unidades de cada una de las divisiones, para que puedan cumplir sus funciones de forma expedita y satisfactoria. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Gestión de Documentos | Recepcionar y despachar la documentación, tanto interna como externa del Gobierno Regional del Maule,en forma oportuna, con el respectivo registro y resguardo de la documentación, conservando, clasificando y administrando adecuadamente la documentación del servicio. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Departamento de Finanzas | Realizar la gestión financiera, formulación y ejecución del presupuesto y administrar y controlar valores bajo su custodia | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de formulación y Ejecución Presupuestaria | Formular y ejecutar el presupuesto de inversión y funcionamiento, en colaboración con las Divisiones y Departamentos del Servicio | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de información financiera-contable | Registrar y generar información financiera-contable relativa a la ejecución presupuestaria de los programas de inversión y funcionamiento, destinada a las autoridades y entidades que la requieran | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de tesoreria y custodia de valores | Administrar los recursos financieros, tanto del programa de inversión como de funcionamiento y realizar la custodia de valores del servicio | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
División de Análisis y Control de Gestión | Colaborar en la elaboración del proyecto de presupuesto en lo relativo a la inversión del gobierno regional y en su seguimiento y control | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de puesta en marcha y seguimiento financiero | Poner en marcha las iniciativas de inversión aprobadas por el Consejo Regional, desde la identificación presupuestaria hasta la total tramitación de los respectivos convenios y/o resoluciones, así como registrar y consolidar la información actualizada de la programación y ejecución de las mismas. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Fortalecimiento | fortalecer las capacidades de gestión del proceso de ejecución de la inversión en las unidades técnicas y ejecutoras | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Departamento Gestión de Inversiones | Gestionar el proceso de ejecución y cierre de las iniciativas de inversión aprobadas por el consejo regional | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Administración de Inversión | Realizar la administración de las iniciativas de inversión correspondientes a los subtítulos 22, 29 y 31 | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad Control de Obras Civiles | Revisar los antecedentes de licitación, realizar control en terreno de la ejecución y revisar las solicitudes de modificación de las obras civiles. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Transferencia | Realizar la gestión administrativa de las iniciativas financiadas a través de Transferencias de Capital, así como otras transferencias. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Departamento de Subvenciones | Gestionar el proceso de ejecución, rendición y cierre de las iniciativas aprobadas por el Consejo Regional para desarrollar actividades deportivas, culturales, seguridad ciudadana, social y otras autorizadas por la ley de presupuestos como transferencias corrientes. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Seguimiento a la Ejecución | Realizar la gestión administrativa y control en terreno para la correcta ejecución de las iniciativas subvencionadas. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Rendiciones Financieras | Revisar los antecedentes de las rendiciones financieras efectuadas por las instituciones ejecutoras | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
División de Planificación y Desarrollo Regional (DIPLADE) | Efectuar la planificación y gestión del desarrollo regional, coordinando, elaborando y evaluando instrumentos de planificación en ámbitos de interés, que permitan una pre-inversión, con pertinencia social y con equidad territorial. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Gestión de Información Territorial (UGIT) | Poner en marcha las iniciativas de inversión aprobadas por el Consejo regional, desde la identificación presupuestaria hasta la total tramitación de los respectivos convenios y/o resoluciones, así como registrar y consolidar la información actualizada de la programación y ejecución de las mismas | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Departamento de Planificación y Gestión Territorial | Formular, implementar y evaluar instrumentos de planificación para que orienten la gestión en el territorio con el propósito de levantar carteras de inversión que sean pertinentes para el desarrollo de la región. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Planificación | Formular, actualizar y evaluar instrumentos de Planificación, para orientar las carteras de inversión y acciones necesarias en pro del desarrollo del territorio. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Gestión Territorial | Gestionar los instrumentos de planificación, articulando los diferentes actores del territorio que permita generar planes de inversión | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Departamento de Desarrollo de Inversiones | Apoyar la formulación de iniciativas de interés regional así como evaluar técnicamente aquellas postuladas al FNDR, que no son evaluados por el Sistema Nacional de Inversiones, para contar con carteras recomendadas. | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Asesoría de Inversiones | Asesorar y apoyar a servicios públicos, municipalidades e instituciones privadas sin fines de lucro, en la formulación de in iciativas de interés regional | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Unidad de Evaluación de Inversiones | Evaluar iniciativas presentadas al Fondo Nacional de Desarrollo regional (FNDR) que no ingresan al Sistema Nacional de Inversiones | Resolución Exenta N° 1261 | ver enlace | 14/04/2010 |
Consejo Regional | El consejo regional será un órgano de carácter normativo , resolutivo y fiscalizador , dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional y ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva le encomiende. | Constitución Política | ver enlace | 07/01/2010 |
Estructura Orgánica Funcional del Gobierno Regional del Maule | La estructura orgánica funcional, responde a las competencias entregadas al Gobierno Regional y a los desafíos actuales que se plantean para buscar el desarrollo regional conservando la estructura general pero adecuando algunas funciones que permitan la adecuada organización, control y coordinación del Servicio. | Resolución N° 1261 de fecha 14/04/2014 | ver enlace | 14/04/2010 |